Los policías están recurriendo las multas de tráfico que tienen que pagar de sus bolsillos por exceso de velocidad o saltarse semáforos al perseguir a delincuentes
El pasado 11 de noviembre, la subdirección general de gestión económica y técnica del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) emitió una resolución por la que los agentes deberían recurrir personalmente la multa de tráfico correspondiente en caso de ser sancionados. La medida no ha sentado nada bien entre los funcionarios.
La resolución, firmada por la secretaría de Estado de Seguridad, especifica que desde noviembre no se concederán más “matrículas reservadas del cumplimiento de las normas contenidas en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial”.
Desde ese día, por tanto, si un agente de policía en servicio comete alguna infracción de tráfico mientras persigue a un delincuente, el conductor deberá abonar el importe de la sanción de su bolsillo y perderá los puntos del carné si la multa lo exige. La medida afecta a tanto a los policías uniformados como a los vehículos camuflados o los conductores de autoridades y escoltas.
Entre las infracciones por las que son sancionados los policías se encuentran saltarse un semáforo, ser ‘pillados’ por un radar superando el límite de velocidad o realizar alguna maniobra de circulación incorrecta.
El Ministerio del Interior ofrece a los agentes una serie de instrucciones para que recurran los expedientes sancionadores que se les impongan.
Fuente: El Confidencial
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